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Ley de etiquetado frontal: la educación salva vidas

La OPS ha propuesto sistemas de etiquetado, en el frente de los envases de alimentos.

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Los aspectos más relevantes del artículo

  • La hipertensión, los altos niveles de glucosa plasmática en ayunas y la obesidad se asocian a la mayor cantidad de muertes en América Latina.
  • Se denomina nutrientes críticos a la excesiva ingesta de azúcares, de grasas (totales, saturadas y trans), así como las altas concentraciones de sodio.
  • Diferentes países en Latinoamérica han implementado o están en vías de implementar legislaciones que regulen la oferta y demanda de alimentos nocivos.

Los factores de riesgo que más se asocian a la mortalidad en toda la región latinoamericana son la hipertensión, los altos niveles de glucosa plasmática en ayunas y la obesidad. Estos 3 factores guardan estrecha relación con la mala alimentación.

Se denomina “nutrientes críticos” a la excesiva ingesta de azúcares y de grasas (totales, saturadas y trans), así como a las altas concentraciones de sodio.

La amplia disponibilidad, asequibilidad y promoción de productos alimentarios procesados y ultraprocesados que contienen este tipo de nutrientes en cantidad se han convertido en una preocupación para la salud pública.

La aplicación de leyes y regulaciones que reduzcan la demanda y la oferta de productos “ricos” en los tipos de nutrientes, anteriormente mencionados, representa una solución. Por este motivo, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) ha diseñado y propuesto sistemas de etiquetado en el frente del envase que indiquen a los consumidores que el producto contiene cantidades nocivas de estas sustancias.

En los últimos años, diferentes países en Latinoamérica han implementado, o están en vías de implementar, legislaciones que regulen la oferta y demanda de alimentos nocivos. A continuación, repasaremos la experiencia de algunos de ellos.

Argentina

En julio de este año, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen del proyecto de Ley de Promoción de Alimentación Saludable, la cual fue aprobada en la sesión realizada el 26 de octubre. La norma establece la implementación de un sistema de etiquetado frontal de alimentos y bebidas envasados. Se utilizarán octágonos negros para advertir en caso de que el producto contenga niveles elevados de azúcar, sodio, calorías, grasas saturadas y totales. Agrega, además, otras medidas, como la prohibición de que los envases muestren personajes infantiles o celebridades. Prohíbe publicidad, patrocinio y promoción, dirigida a niños y adolescentes, de productos que contengan al menos uno de estos sellos.

También, incluye medidas para promover la alimentación saludable en los colegios, así como la enseñanza de contenidos mínimos de educación alimentaria y nutricional.

La Argentina es uno de los mayores consumidores de productos ultraprocesados con alto contenido de nutrientes críticos. El consumo por habitante en el país duplica el valor recomendado a nivel mundial. En cuanto a sobrepeso y obesidad, este país tiene una de las cifras más altas de la región y está en aumento. Afecta a 4 de cada 10 niños y niñas adolescentes y a 7 de cada 10 personas adultas.

Países Latinoamericanos en los que ya se implementaron leyes

México

El Etiquetado Frontal de Alimentos y Bebidas Industrializadas (EFABI) se encuentra regulado en la Norma Oficial Mexicana-051. Su implementación entró en vigor en 2015 y estará vigente hasta octubre de 2020. Los productos industrializados tienen en su empaque el etiquetado frontal del sistema de resumen basado en las Guías Diarias de Alimentación (GDA). La información del etiquetado GDA se presenta de manera gráfica en la parte frontal de los productos industrializados. Contiene información para los siguientes nutrientes críticos: grasa saturada, otras grasas, azúcares totales, sodio y energía.

Este sistema ha sido cuestionado desde su diseño, debido a que considera porcentajes de ingesta basados en una dieta de 2.000 kcal para un adulto sano (los porcentajes expresados están sobreestimados para poblaciones con un requerimiento energético menor, como en el caso de niños) y un límite fijo de 90 g de azúcar, cuando ya existe una recomendación firme de la OMS para este nutrimento (menos de 10% de las calorías totales en la dieta, equivalente a 50 g para un adulto).

Las evaluaciones demuestran que es un sistema poco comprensible. Requiere de conocimientos en nutrición y habilidades matemáticas y no es útil para apoyar a la población vulnerable a realizar elecciones saludables.

Ecuador

Se implementó un sistema gráfico que establece una barra roja, amarilla o verde según el nivel de contenido en grasa, azúcar o sal. Los puntos de corte se fijaron conforme a la recomendación de la OPS (a pesar de que la industria proponía realizar un cálculo basado en porcentajes).

La experiencia de Ecuador ha sido ampliamente reconocida. Brinda información clara a los consumidores y ha promovido que la industria alimentaria modifique la composición de algunos de sus productos o los retire del mercado.

No obstante, según un estudio cualitativo realizado en 2015, el nuevo Perfil de Nutrientes de la OPS y los análisis de consumo de alimentos procesados y bebidas azucaradas en Ecuador señalan la necesidad de revisar el etiquetado y acompañarlo de medidas complementarias con el fin de revertir la tendencia en el patrón alimentario de la población.

Chile

La Ley 20.606 sobre la Composición Nutricional de los Alimentos y su Publicidad es una de las medidas de salud pública más innovadoras y osadas de los últimos años. También, es conocida como Ley de Alimentos o Ley de Etiquetado. Incluye 5 áreas principales: etiquetado frontal, restricciones a la publicidad de alimentos, restricciones a la venta de alimentos en establecimientos educacionales, incorporación de un mensaje que promueva hábitos de vida saludable en la publicidad de algunos alimentos e incorporación en todos los niveles educativos de actividades didácticas que contribuyan a desarrollar hábitos alimentación saludable y de vida activa.

Las evaluaciones de la Ley y su implementación, por parte de distintos grupos académicos, demuestran que la población apoya ampliamente y comprende fácilmente las medidas implementadas. Además, un porcentaje relevante toma en consideración la presencia de sellos de advertencia en los alimentos para decidir su compra. La preferencia recae en aquellos con menos sellos o sin ellos.

Por otra parte, el programa de vigilancia y fiscalización de alimentos llevado a cabo a lo largo de todo el país muestra un porcentaje muy alto de cumplimiento por parte de la industria de alimentos y de los establecimientos que expenden alimentos, así como de los establecimientos escolares.

Conclusiones

Queda claro que la principal herramienta de lucha contra la mala alimentación es la educación. La evaluación de impacto de estas políticas, en términos de consumo de alimentos y prevalencia de obesidad, es un proceso lento. Las experiencias de los diferentes países deben servir para unificar y fortalecer los criterios de legislación. La industria alimentaria debe adaptarse a las nuevas demandas, donde la salud debe ser prioridad. 

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Fuente/s:

Hui Jer Hwang, Ignacio Málaga, Cecilia Curvale, Sandra Basso, Analía Gubitosi y colegas. Pesquisa de lesiones premalignas y cáncer temprano de páncreas en población de alto riesgo. Acta Gastroenterol Latinoam 2019;49(3):192-202 NICE Guidelines: Pancreatic cancer in adults: diagnosis and pancreatic cancer in adults: diagnosis and management, published Feb 2018. https://www.bsg.org.uk/resource/nice-guidelines-pancreatic-cancer-in-adults-feb-2018.html de las Peñas · M. Majem  · J. Perez‑Altozano  · J. A. Virizuela  · E. Cancer  · P. Diz  · O. Donnay  · A. Hurtado  · P. Jimenez‑Fonseca  · M. J. Ocon. SEOM clinical guidelines on nutrition in cancer patients (2018). Clinical and Translational Oncology (2019) 21:87–93 Cheguevara AfanehDeborah Gerszberg , Eoin Slattery ,  David S. Seres , John A. Chabot ,y Michael D. Kluger . Pancreatic cancer surgery and nutrition management: a review of the current literatura. Hepatobiliar Surg Nutr . 2015; 4 (1): 59–71. doi:  3978 /j. issn.2304-3881.2014.08.07

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